Lunes feriado: Conocé los alcances del día «trasladable»

Share on facebook
Share on google
Share on twitter
Share on linkedin
Share on whatsapp

El feriado por el Día de la Soberanía Nacional, que se conmemora el 20 de noviembre recordando la gesta de la batalla de la vuelta de Obligado, fue trasladado al lunes 18 por fines turísticos, de acuerdo al calendario oficial. Este será el último fin de semana largo del año.

Al tratarse de un feriado nacional los empleadores deben otorgarles el día libre a sus empleados o, caso contrario, liquidar la jornada como establece la Ley de Contrato de Trabajo, con las mismas condiciones que rigen para el descanso dominical.

¿Cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable?


Para los feriados rigen las mismas normas que pesan sobre el descanso dominical. En caso de ser trabajado, el empleador deberá pagar un 100 por ciento más de la remuneración habitual.

Los días no laborables, en cambio, no se computan de ese modo. El empleador puede decidir si se trabaja o no y en caso de trabajarse no debe pagar ningún adicional a los trabajadores.

¿Cuántos feriados quedan hasta fin de año?

Después del lunes 18, el resto de los feriados hasta fin de año son no trasladables, por lo que quedan en su día original. Estos son el domingo 8 de diciembre por la “Inmaculada Concepción de María” y el 25 de diciembre por Navidad, que cae miércoles.